TRANSPORTE ESCOLAR
Es un servicio complementario que presta la Consejería de Educación a través del centro, está regulado por la ORDEN EDU/926/2004, de 9 de junio, con el fin de garantizar el acceso a la educación sin que la distancia (entre el centro escolar y los domicilios de los escolares) suponga un obstáculo.
NORMAS DE USO DE TRANSPORTE ESCOLAR
- Los alumnos deberán ir sentados en el minibús de manera correcta, sin molestar al conductor o conductora, siguiendo sus indicaciones.
- El alumno no generará alboroto que pueda molestar a otros compañeros ni al conductor o conductora, dirigiéndose a éste o ésta con total respeto.
- Los usuarios del transporte escolar tratarán de mantener limpio y en buen estado el minibús, haciendo un uso correcto del mismo.
- Los alumnos que utilicen el transporte y que un cierto día no lo use deberá justificarlo previamente a sus profesores mediante documento firmado por su padre o madre.
- El Colegio no se hace responsable de los alumnos del IESO que también utilizan el transporte escolar, en este caso, en el transcurso del viaje de regreso a casa.
- El Conductor y el personal de servicio de transporte dejará a los alumnos en la puerta del Centro Escolar y permanecerá con ellos en el supuesto de que los docentes no hayan llegado al mismo.
Agradecemos que las familias avisen con antelación a las personas responsables de transporte en el caso de que su hijo/a no utilice el servicio algún día.